CASO 60 

Regla 16.1 alterar el rumbo
Definiciones, mantenerse separado
Definiciones, espacio

Cuando un barco con derecho de paso cambia el rumbo de tal modo que un barco que debe mantenerse separado, a pesar de haber realizado una pronta acción evasiva, no puede mantenerse separado de una forma marinera, el barco con derecho de paso infringe la regla 16.1.

Resumen de los hechos
A, tras rodear la baliza de barlovento hacia estribor por delante de B y trasluchar para amurarse a estribor, decidió no navegar directamente hacia la siguiente baliza sino, por razones tácticas, navegar de través a sotavento de la baliza. Para hacerlo, después de trasluchar orzó bruscamente, momento en el que se encontró de proa con B, que estaba ciñendo amurado a babor. La distancia entre los barcos ahora era de poco más de una eslora. B arribó inmediatamente tanto como pudo para evitar la colisión, pero su acción no fue suficiente. Sin embargo, A rápidamente orzó más aún y los dos pasaron muy cerca pero sin tocarse. El comité de protestas estimó la protesta de A por la regla 10 y B apeló, alegando que A había infringido la regla 16.1 al no dar a B espacio para mantenerse separado.

Resolución
Se estima la apelación de B, éste es reclasificado y A es descalificado. Las intenciones tácticas no eximen a un barco de cumplir el reglamento. A era libre para tomar el rumbo que quisiera hacia la baliza de sotavento, pero no tenía derecho a orzar en el camino de B tan cerca que B no pudiera mantenerse separado. A pesar de que B arribó todo lo posible, hubiera ocurrido una colisión probablemente grave si A no hubiera iniciado una acción evasiva orzando aún más. Resultó que sus esfuerzos conjuntos evitaron tal colisión por poco, pero eso no cambia la conclusión de que, en este caso, cuando A trasluchó al bordo de estribor se convirtió en el barco con derecho de paso y al seguir alterando el rumbo en ningún momento dio a B “el espacio (que necesitaba) ... mientras maniobraba con prontitud de forma marinera” para permitir a A “navegar a su rumbo sin necesidad de emprender una acción evasiva”. Por tanto, A infringió la regla 16.1.

USSA 1975/178