Regla 60.1 Derecho a protestar y solicitar
reparación
Regla 61.1(c) Protestar a un barco que no es parte
en una protesta
Regla D2.2(b) Pruebas con árbitros:
Señalar la decisión
Pregunta 1
Un miembro de un equipo observa un contacto entre dos miembros del
equipo contrario y protesta. Cual deberá ser la decisión?
Respuesta 1
Un barco tiene derecho a protestar bajo la Regla 60.1 si ve un incidente,
y en regatas no arbitradas el comité de protestas tiene derecho a protestar
contra un barco que estuvo implicado en el incidente pero no es una parte en
la protesta. De la misma forma, cuando las pruebas son arbitradas, D2.2(b) permite
a un arbitro penalizar a uno o mas barcos después de una protesta, aunque
no fueran el barco identificado en la protesta inicial. En este caso uno de
los dos barcos o bien no se ha mantenido separado o bien no ha dado espacio.
Penalizar al barco que ha infringido una regla.
Pregunta 2
El barco A tiene un contacto con el barco X y le protesta. El arbitro considera
que un tercer barco es el culpable y ha infringido una regla. Cual deberá
ser la decisión?
Respuesta 2
Penalizar al barco B.
No hay un requisito de que el barco que protesta identifique correctamente
al barco que ha infringido una regla. Suponiendo que la protesta se ha hecho
correctamente, el arbitro juzgara el incidente, y penalizara a cualquier barco(s)
que haya infringido una regla.