Regla 14, Evitar contacto
Regla 44.1, Penalizaciones por infringir Reglas
de la Parte 2: Penalizarse
Regla 44.4(b), Penalizaciones por infringir Reglas
de la Parte 2: Limites a las penalizaciones
Un barco que no mantiene una vigilancia adecuada puede como consecuencia
no hacer todo lo razonablemente posible para evitar un contacto. Dar una voz
es una manera en que un barco puede “actuar para evitar un contacto”.Cuando
un barco que ha infringido una regla de la Parte 2 se retira ha cumplido una
penalizacion y no puede ser penalizado posteriormente por el mismo incidente.
Sumario de los hechos
Entre las señales de atencion y preparacion, Ephesian amurado a estribor
y Jupa a babor se acercan uno a otro en situacion de vuelta encontrada. Ambos
barcos eran barcos quillados de desplazamiento, de 33 pies (10 metros) de eslora.
Ninguno de los dos advierte la presencia del otro. Los proeles de ambos barcos,
que normalmente habrian estado posicionados a la altura del estay de proa, estaban
manejando sus genovas y ningun otro miembro de la tripulacion estaba manteniendo
una vigilancia. Ephesian tenia muy poca arrancada y su maniobrabilidad limitada.
Colisionaron, causando daños de consideracion a Jupa, que en consecuencia
se retiro. En la protesta resultante, Jupa fue descalificado bajo la regla 10,
y Ephesian fue descalificado bajo la Regla 14. Ephesian apelo, argumentando
que no podria haber evitado a Jupa alterando el rumbo o la velocidad.
Resolución
La regla 14 empieza “Un barco evitara un contacto con otro barco si ello
es razonablemente posible”. Este requisito significa que un barco debe
hacer todo lo que razonablemente se pueda esperar de el en las condiciones reinantes
para evitar un contacto. Esto incluye mantener una buena vigilancia, particularmente
en una situacion con una linea de salida con muchos barcos. El comité
de protestas concluyo que si ambos barcos hubiesen visto al otro se podria haber
evitado la colision, incluso en el ultimo minuto, particularmente si Ephesian
hubiese dado una voz a Jupa cuando resulto evidente que Jupa no alteraba el
rumbo para mantenerse separado. Hasta ese momento, la regla 14(a) permite a
un barco con derecho de paso demorar tomar alguna accion para evitar el contacto.
La palabra actuar no se restringe a cambiar de rumbo o velocidad. Dar una voz
era una accion que Ephesian podia y debia haber tomado. Ephesian infringio la
regla 14.
Por tanto su apelacion es desestimada.
Claramente, Jupa infringio la regla 10. Como resultado de la colision, se retiro
de la prueba y asi se penalizo como requiere la regla 44.1. La regla 44.4(b)
prohibe penalizarlo posteriormente. La descalificacion de Jupa es cambiada y
se le clasifica DNF.
RYA 2004/6